Preguntas Frecuentes test

Para registrar su empresa en TSS, el propietario o representante autorizado deberá entregar personalmente en el Centro de Asistencia al Empleador más cercano, las documentaciones según su caso.
RNC Jurídicos o Persona Moral
- Copia de última Asamblea y copia de estatutos
- Certificación de Inscripción emitida por DGII especificando Régimen Tributario y desde cuándo está registrado
- Copia de Acta Asignación del RNC
- Copia del Registro Mercantil
- Carta de solicitud firmada por el Gerente o Presidente de la Empresa
- Copia de cédula gerente o presidente de la empresa y la del representante autorizado
RNC Persona Física
- Copia de Tarjeta de Identificación Tributaria
- Nómina de empleados detallando salario
- Certificación de Inscripción emitida por DGII especificando Régimen Tributario y desde cuándo está registrado
- Carta de solicitud Firmada por el propietario y representante autorizado
- Copia de la cédula de ambas personas
Cédula Persona Física
- Nómina de Empleados detallando salario
- Certificación de Inscripción emitida por DGII especificando Régimen Tributario y desde cuándo está registrado
- Carta de solicitud Firmada por el propietario y representante autorizado
- Copia de la cédula de ambas personas
ONG
- Copia Acta de Asignación
- Nómina de empleados detallando salarios
- Carta solicitud firmada por el presidente y representante
- Copia de cédula de ambas personas
Gubernamentales
- Carta solicitud en papel timbrado de la institución, sellada y firmada por la mayor autoridad y el representante
- Copia Acta de Asignación
- Nómina de empleados
- Copia de cédula de ambas personas
Desde que es aceptado, para laborar debe realizarse la novedad, en incluirlo en la nomina de la TSS.
Los empleadores efectuaran los pagos al sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles de cada mes.
El empleador que no cumpla con la disposición del tiempo establecido tendrá una sanción del cinco (5%) por ciento mensual de recargo sobre el monto de las aportaciones retenidas.
Para la realización de los pagos se deberá tener a mano:
- Número de Referencia de la notificación de pago vigente
- RNC del empleador o el número de cédula para los negocios de único dueño
Los pagos deberán ser realizados en efectivo o cheque o del mismo banco donde se realiza el pago, a nombre de Tesorería de la Seguridad Social por el monto exacto de la factura.
Los empleadores que no tengan cuenta en los bancos autorizados, podrán pagar su notificación de pago, con cheques de otros bancos certificados o de administración y a nombre de la Tesorería de la Seguridad Social por el monto exacto de la factura.
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