​AFP Reservas es una entidad financiera filial de la Familia Reservas, cuyo objetivo principal es el desarrollo de todas las actividades y funciones necesarias para la administración de planes y fondos de pensiones a los cuales se afilien voluntariamente trabajadores del sector público y privado que así lo determinen.

​Son sociedades financieras públicas, privadas o mixtas constituidas de acuerdo a las leyes del país, con el objeto exclusivo de administrar las cuentas personales de los afiliados e invertir adecuadamente los fondos de pensiones, otorgar y administrar las prestaciones del Sistema Previsional, observando estrictamente los principios de la Seguridad Social y las disposiciones de la Ley 87-01 y sus normas complementarias.

Es la sumatoria de las aportaciones obligatorias y voluntarias de los afiliados, y la rentabilidad generada por la inversión de los fondos. Es inembargable y no es susceptible de retención o congelamiento judicial.

Te garantizamos un manejo de Fondos de Pensiones con transparencia, confianza, honestidad y responsabilidad. Por más de 20 años en el mercado, nuestros clientes han recibido una mayor rentabilidad en el tiempo. Nos administramos con nuestros valores corporativos de:​​

  • Excelencia, Solidaridad, Integridad, Seguridad, y Compromiso

​Es el registro individual unificado de los aportes que de conformidad con el Artículo 59 de la Ley, son propiedad exclusiva de cada afiliado. Este registro se efectúa en el fondo de pensiones de elección del trabajador y comprende todos los aportes voluntarios y obligatorios, el monto que corresponda al bono de reconocimiento cuando se haga efectivo, si aplica, pago de prestaciones y la rentabilidad que le corresponda del fondo administrado.   

​Afiliado ​2.87% del salario cotizable
​Empleador ​7.10% del salario cotizable
Total ​9.97% del salario cotizable

La Ley establece un salario cotizable máximo equivalente a 20 Salarios Mínimo Nacional (SMN).

  • Pensión por vejez
  • Pensión por discapacidad, total o parcial
  • Pensión por cesantía por edad avanzada
  • Pensión de sobrevivencia
  • Pensión por Vejez para afiliados de ingreso tardío
  • Devolución de fondos por ingreso tardío
  • Devolución por enfermedad terminal

​Los afiliados a la s Administradoras de Fondos de Pensiones, solicitan las prestaciones que ofrece el Sistema por ante la AFP a la que están afiliados, cuando cumplan con los requisitos para su retiro bajo las modalidades establecidas por la Ley. Los afiliados no necesitan de ningún intermediario en la tramitación de las solicitudes. 

No. Sus fondos están en una cuenta de capitalización a su nombre, por lo que, si cambia de trabajo o tiene más de uno, sus cotizaciones van a esa cuenta, que sigue estando a su nombre y en la misma AFP. 

Si está empleado con uno o varios empleadores, deben descontarse los aportes por cada salario recibido, según establece el art. 57 de la Ley 87-01. Así se incrementa el monto acumulado al momento de su retiro.

El fondo acumulado por el trabajador, así como el rendimiento generado por este, solo pueden ser retirados cuando el afiliado cumpla con los requisitos para su retiro bajo las modalidades establecidas por Ley. De manera que los recursos continúan generando interés hasta tanto consiga un nuevo empleo y realice los aportes correspondientes.

​Para saber a cual AFP se encuentra afiliado puede llamar a la Dirección de Información y Defensa de los Derechos de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), al 809-472-1900, o consultar a través de la página web de ​la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) www.sipen.gov.do.